¿Qué son los derechos sexuales y reproductivos?

Todos los seres humanos nacen libres e iguales. Por eso, todas las personas deben tener garantizada la misma libertad, igualdad y dignidad: los llamados Derechos Humanos. Los derechos los ejercen las personas y es el Estado quien tiene la obligación de garantizarlos y promoverlos a través de legislación y políticas públicas adecuadas. Los Derechos Sexuales y Reproductivos son parte de los Derechos Humanos. Es decir que son propios a todos las personas, sin discriminación alguna.

Los Derechos Sexuales se refieren a la libertad de las personas para ejercer su sexualidad de manera saludable, sin ningún tipo de abuso, coerción, violencia o discriminación. La sexualidad comprende la actividad sexual, las identidades de género, la orientación sexual, el erotismo, el placer, la intimidad y la reproducción. Se establece por la interacción de factores biológicos, psicológicos, sociales, económicos, políticos, culturales, éticos, legales, históricos, religiosos y espirituales y se experimenta y expresa a través de pensamientos, fantasías, deseos, creencias, actitudes, valores, comportamientos, prácticas y relaciones.

Los Derechos Reproductivos se refieren a la libertad de las personas para decidir si tener o no hijos, la cantidad y el espaciamiento entre ellos, el tipo de familia que se quiere formar, acceder a información y planificación para hacerlo, a métodos anticonceptivos y al aborto legal y seguro, así como a los servicios adecuados sobre fertilización asistida y servicios de salud pre y post embarazo.

¿Cuáles son los derechos sexuales y reproductivos?

De acuerdo con la Federación Internacional de Planificación Familiar (IPPF por sus siglas en inglés) los derechos sexuales y reproductivos se pueden articular de la siguiente manera:

  • Derecho a la igualdad, a una protección legal igualitaria y a vivir libres de toda forma de discriminación basada en el sexo, la sexualidad o el género.

  • Derecho de todas las personas a la participación, sin importar su sexo, sexualidad o género.

  • Derecho a la vida, libertad, seguridad de la persona e integridad corporal.

  • Derecho a la privacidad.

  • Derecho a la autonomía personal y el reconocimiento ante la ley.

  • Derecho a la libertad de pensamiento, opinión y expresión; derecho a la asociación.

  • Derecho a la salud y a los beneficios del avance científico.

  • Derecho a la educación e información.

  • Derecho a elegir si casarse o no y a formar y planificar una familia, así como a decidir si tener o no hijos y cómo y cuándo tenerlos.

  • Derecho a la rendición de cuentas y reparación de daños.

¿Dónde puedo denunciar la vulneración de mis derechos sexuales y reproductivos?
Podés llamar al 0800-222-3444, que es el área de Salud Sexual del Ministerio de Salud o contactarte con [email protected] para asesorarte.

¿Qué derechos tienen las personas en Argentina?

Derechos del paciente.

Ley 26.529 (2009) y su modificación por Ley 26.742 (2012)

  • Toda persona tiene derecho a ser asistida por profesionales de la salud sin importar su identidad de género, ideas, creencias religiosas, políticas, sexo, condición socioeconómica, raza, orientación sexual o cualquier otra condición.
  • Los pacientes tienen derecho a un trato digno y respetuoso, a la intimidad y a la confidencialidad.
  • Los profesionales de salud están obligados a ofrecer información vinculada a la salud y las opciones terapéuticas disponibles a sus pacientes.
Protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes.

Ley 26.061 (2005)

Reconoce a niños y niñas como sujetos de derecho. Esto implica que deben ser escuchados y tenidos en cuenta en sus opiniones, inquietudes y deseos.

Salud mental.

Ley 26.657 (2010)

  • Protege la salud mental.
  • Exige que los pacientes sean tratados como sujetos de derecho.
  • Autoriza la internación como último recurso.
  • Establece que “en ningún caso puede hacerse diagnóstico en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva de (…) la elección o identidad sexual”.
Ley de Identidad de Género

Ley 26.743 (2012)

La Ley 26.743 de Identidad de Género habilita a todas las personas a modificar su DNI y otros documentos personales con el nombre de elección y el género con el que se autoperciben. Con esta ley, el Estado argentino reconoce la identidad de género como un derecho humano fundamental, sin patologizarla ni judicializarla. Es decir, no considera que el deseo de cambiar de género sea una enfermedad ni exige a quienes deseen hacerlo el atravesar un proceso judicial para lograrlo. Las personas son libres para decidir sobre la autopercepción de su género y la modificación de su apariencia y/o la función corporal, independientemente del sexo asignado al nacer.

Reproducción asistida.

Ley 26.862 (2013)

Reconoce como derecho y garantiza el acceso gratuito a diversos tratamientos para lograr un embarazo a quienes lo soliciten, sin importar su orientación sexual, identidad de género y/o estado civil.

Matrimonio igualitario.

Ley 26.618 (2010)

Garantiza a todas las personas el derecho a casarse, sin importar sin son del mismo o de diferente sexo/género. Además, estos matrimonios pueden adoptar hijos.

Anticoncepción quirúrgica.

Ley 26.130 (2006)

Garantiza el derecho a acceder a las prácticas anticonceptivas denominadas “ligadura de trompas de Falopio” y “ligadura de conductos deferentes o vasectomía” en los servicios del sistema de salud.



Programa de Educación Sexual Integral.

Ley 26.150 (2006)

Establece que todos los niños, las niñas y adolescentes de Argentina tienen derecho a recibir educación sexual integral en todos los niveles de enseñanza y en de todas las escuelas.

Violencia de género.

Ley 26.485 (2009)

Protege a las mujeres ante situaciones de violencia. Sus objetivos son prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos donde desarrollen sus relaciones interpersonales. Conceptualiza diversos tipos de violencia contra la mujer (física, psicológica, sexual, económica y patrimonial, simbólica) en diferentes modalidades (doméstica, institucional, laboral, contra la libertad reproductiva, obstétrica, mediática).



¿Qué es la Interrupción del Embarazo?

El aborto es la interrupción del embarazo. Puede producirse de forma espontánea (cuando se detiene naturalmente el desarrollo del embrión o el feto) o inducida (provocada por diversos procedimientos).

Existen distintos métodos seguros para interrumpir el embarazo, sobre todo si se cuenta con información adecuada, contención y seguimiento. Podés optar por realizar una interrupción con medicamentos (misoprostol) o con intervención médica médica (mediante una aspiración manual endouterina o legrado o dilatación y evacuación).

¿Cuál es la diferencia entre Interrupción Voluntaria del Embarazo e Interrupción Legal del Embarazo?

La Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo, sancionada en 2021, te permite acceder a un aborto hasta la semana 14 de gestación sin la necesidad de que explicites los motivos; ese procedimiento se llama interrupción voluntaria del embarazo (IVE).

El límite de 14 semanas no se aplica si el embarazo es consecuencia de una violación o están en riesgo tu salud o tu vida. En cualquiera de estas circunstancias, podés acceder a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) (o aborto por causales) de acuerdo con el artículo 86 del Código Penal y la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “F.A.L” de 2012. Para acceder a ILE es necesaria una consulta con un profesional de la salud, en un ámbito confidencial, en cual debe certificar que la práctica se encuadra en alguna de estas dos causales. Recordá que no pueden exigirte denuncia policial ni autorización judicial.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a una interrupción del embarazo en Argentina?

La IVE/ILE se incluye en el Plan Médico Obligatorio (PMO) y en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, por lo que está vigente en todo el país y de manera gratuita. Deben garantizar la práctica en un plazo máximo de diez días desde tu solicitud.

Para acceder a una interrupción de tu embarazo vas a realizar los siguientes pasos:

  1. Entrevista inicial: Te van a brindar información detallada, accesible y confidencial sobre tus opciones.

  2. Historia clínica: Van a dejar por escrito los pasos de la atención y adjuntar la documentación necesaria.

  3. Evaluación médica: Te van a realizar un examen físico y ginecológico. También te pueden pedir un análisis de sangre o una ecografía, para confirmar desde cuándo estás embarazada.

  4. Consentimiento informado: Es un documento escrito que dice que tomás la decisión de abortar sin presiones y habiendo recibido toda la información. En casos de violación, vas a firmar también una declaración jurada.

  5. Realización de la IVE: Podés interrumpir el embarazo con medicamentos o con un procedimiento quirúrgico. Ambos procedimientos son seguros, confiables y ambulatorios. No requieren internación en el primer trimestre de gestación.

  6. Alta, seguimiento y atención postaborto: Te deben indicar los cuidados que tenés que tener en cuenta, tanto el tratamiento adecuado para el dolor, como el seguimiento para los días después del procedimiento.

  7. Cita de control: Para determinar si el aborto se completó correctamente, te pueden realizar una ecografía de control.

  8. Consejería anticonceptiva: Te deben brindar información sobre los diferentes métodos anticonceptivos y, en caso de que elijas uno, te lo deben entregar antes del alta.

¿Dónde puedo realizarme una interrupción del embarazo?

Si creés que o si ya sabés que estás cursando un embarazo y querés interrumpirlo, o querés información para tomar tu decisión, acercate a un centro de salud. Allí te tienen que contener y dar toda la información necesaria para que puedas tomar una decisión. Además, vas a confirmar el embarazo y sabrás en qué semana de gestación estás, una información importante para determinar cómo será la interrupción.

En el centro de salud te tienen que contener y dar toda la información necesaria para que puedas tomar una decisión. Allí vas a confirmar el embarazo y sabrás en qué semana de gestación estás, una información importante para determinar cómo será la interrupción.

¿Es seguro realizarse una Interrupción del embarazo?

Hay distintas formas de realizar un aborto, ya sea con medicamentos o con un método quirúrgico. Los dos métodos son seguros, confiables y no requieren internación en el primer trimestre del embarazo. La elección depende de lo que vos prefieras y estará sujeta a las posibilidades del centro de salud, de las semanas de embarazo que tengas y de tus condiciones de salud.

Hasta la semana 12 inclusive, podrás hacerlo de forma ambulatoria (sin internación) con medicamentos y en tu casa, o podrás optar por un procedimiento quirúrgico. Si estás cursando un embarazo de 13 semanas o más deberás hacerlo, preferentemente, con internación (ya sea con medicamentos o con un procedimiento quirúrgico).

Sin embargo, si tenés alguna condición de salud anterior (diabetes o hipertensión descompensadas, enfermedad cardiovascular o cerebrovascular, neuropatías o tratamiento actual con anticoagulantes y otras más) probablemente debas realizar el procedimiento en el centro de salud de mayor complejidad u hospital incluso con menos de 12 semanas de embarazo.

¿Qué es el parto humanizado?

El parto humanizado o parto respetado es la atención del parto en el sistema de salud, de acuerdo con los derechos de la familia que espera el nacimiento. Es decir, de acuerdo con las necesidades y deseos de esa familia.

¿Qué dice la Ley de Parto Humanizado en Argentina?

La Ley 25.929 de 2004 y su reglamentación (decreto 2035/2015), que rige en el ámbito público y en el privado, garantiza el trato digno y respetuoso hacia las personas gestantes, sus hijos y parejas en el embarazo, el parto y el puerperio.

Entre otros, la ley establece los siguiente derechos para la persona gestante:

  • A ser informada sobre las distintas intervenciones médicas, la evolución de su parto, el estado de su hijo o hija y participar de las decisiones al respecto.

  • A ser tratada con respeto e intimidad, considerando sus pautas culturales.

  • A ser considerada como persona sana de modo que se facilite su participación como protagonista de su propio parto y no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación, salvo consentimiento manifestado por escrito bajo protocolo aprobado por el Comité de Bioética.

  • Al parto respetuoso de los tiempos biológico y psicológico, evitando prácticas invasivas y suministro de medicación que no estén justificados.

  • A elegir quién la acompañe durante el trabajo de parto, parto y postparto.

  • A tener a su lado a su hijo o hija durante la permanencia en el establecimiento sanitario, siempre que el recién nacido no requiera de cuidados especiales.

  • A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados de sí misma y del niño o niña y los beneficios de la lactancia.

Cuando alguno de estos derechos no se cumplen, el personal de salud ejerce un tipo de violencia, reconocido por la Ley 26.485, que se denomina violencia obstétrica.

Por otra parte, la persona recién nacida tiene derecho:

  • A ser tratada en forma respetuosa y digna y no ser sometida a ningún examen o intervención cuyo propósito sea de investigación o docencia.

  • A su identificación.

  • A la internación conjunta con su madre en sala.

  • A que sus padres reciban asesoramiento e información sobre los cuidados para su crecimiento y desarrollo, así como de su plan de vacunación.

El padre y la madre de la persona recién nacida en situación de riesgo tienen los siguientes derechos:

  • A recibir información comprensible, suficiente y continuada, en un ambiente adecuado, sobre el proceso o evolución de la salud de su hijo o hija, incluyendo diagnóstico, pronóstico y tratamiento.

  • A tener acceso continuado a su hijo o hija mientras la situación clínica lo permita, así como a participar en su atención y en la toma de decisiones relacionadas con su asistencia.

  • A un consentimiento informado sobre cualquier práctica médica que se le realice al niño o niña.

  • A que se facilite la lactancia materna de la persona recién nacida.

  • A recibir asesoramiento e información sobre los cuidados especiales del niño o niña.

¿Qué derechos tengo como paciente en Argentina?

Todos somos pacientes en algún momento de nuestras vidas. Conocé cuáles son según la Ley 26.529 y el Código Civil y Comercial de la Nación .

Como paciente tenés derecho a:

  • Ser asistido por un profesional de la salud. No importan tus creencias religiosas, políticas, condición socioeconómica, raza, sexo, orientación sexual o cualquier otra condición.

  • Trato digno y respetuoso, tanto a vos como a las personas que te acompañan.

  • Que tu documentación clínica sea confidencial.

  • Aceptar o rechazar tratamientos o procedimientos médicos o biológicos.

  • Recibir información sanitaria de manera clara, completa y comprensible sobre tu estado de salud y los tratamientos, la evolución y los riesgos que podrían implicar.

  • Que le brinden esta información a quienes vos autorices.

  • Realizar una interconsulta y que te proporcionen la información necesaria para hacerla.

¿Qué es el consentimiento informado?

Es el derecho a declarar tu voluntad, luego de recibir información clara, precisa y adecuada con respecto a:

a) Tu estado de salud;
b) El procedimiento propuesto, con especificación de los objetivos perseguidos;
c) Los beneficios esperados del procedimiento;
d) Los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles;
e) La especificación de los procedimientos alternativos y sus riesgos, beneficios y perjuicios en relación con el procedimiento propuesto;
f) Las consecuencias previsibles de la no realización del procedimiento propuesto o de los alternativos especificados.

¿El consentimiento informado es obligatorio?

Sí. Todo procedimiento profesional en el ámbito médico-sanitario, sea público o privado, requieren el previo consentimiento informado del paciente.

El consentimiento será verbal salvo las siguientes excepciones, en las que se brindará por escrito:

a) Internación;
b) Intervención quirúrgica;
c) Procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos;
d) Procedimientos que implican riesgos según lo determine la reglamentación de la presente ley;
e) Revocación.
f) Exposición con fines académicos
g) En algunos casos específicos como el test del VIH.

¿Qué es la historia clínica?

Es el documento obligatorio, cronológico, foliado y completo en el que debe constar toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud.

El paciente es el titular de la historia clínica. Si la persona lo requiere, se le debe suministrar una copia autenticada por una autoridad competente de la institución dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de solicitada, salvo caso de emergencia.

La historia clínica tiene carácter único dentro de cada establecimiento asistencial público o privado. Debe identificar al paciente por medio de una «clave uniforme», que deberá ser comunicada al mismo.

¿Qué información debe tener la historia clínica?

a) La fecha de inicio de su confección;
b) Datos identificatorios del paciente y su núcleo familiar;
c) Datos identificatorios del profesional interviniente y su especialidad;
d) Registros claros y precisos de los procedimientos realizados por los profesionales y auxiliares intervinientes;
e) Antecedentes genéticos, fisiológicos y patológicos si los hubiere;
f) Todo acto médico realizado o indicado:

  • Prescripción y suministro de medicamentos

  • Realización de tratamientos

  • Prácticas

  • Estudios principales y complementarios

  • Constancias de intervención de especialistas

  • Diagnóstico, pronóstico, procedimiento, evolución

  • Toda otra actividad inherente, en especial ingresos y altas médicas.

¿Qué otros documentos forman parte de la historia clínica?

Los consentimientos informados, las hojas de indicaciones médicas, las planillas de enfermería, los protocolos quirúrgicos, las prescripciones dietarias, los estudios y prácticas realizadas, rechazadas o abandonadas, debiéndose acompañar en cada caso breve sumario del acto de agregación y desglose autorizado con constancia de fecha, firma y sello del profesional actuante.

¿Quiénes pueden solicitar la historia clínica?

a) El paciente y su representante legal;
b) El cónyuge o la persona que conviva con el paciente en unión de hecho y los herederos forzosos, en su caso, con la autorización del paciente, salvo que éste se encuentre imposibilitado de darla;
c) Los médicos, y otros profesionales del arte de curar, cuando cuenten con expresa autorización del paciente o de su representante legal.
d) Cualquier persona que el paciente autorice expresamente
La entrega de esta información no puede ser demorada.

¿Cómo puedo acceder a servicios de salud sexual y reproductiva?
Podés encontrar Dónde acceder a servicios de salud sexual y reproductiva gratuitos en nuestra app Dónde:

¿Cómo usarla?

Elegí el servicio que buscás: preservativos, métodos anticonceptivos, interrupción legal del embarazo, test de VIH, centros de infectología, vacunatorios. Elegí la manera de buscar:

  1. Geolocalizate: tenés que activar la geolocalización de tu celular o computadora, los resultados que veas serán los más cercanos a tu ubicación en ese momento.

  2. Escribí una ciudad: ingresá manualmente la ciudad o departamento dónde querés encontrar el servicio que estás buscando.

  3. Escribí el nombre o calle del lugar: con esta opción podés buscar lugares específicos, ver qué servicios ofrecen y evaluarlos.

Los resultados aparecen señalados en el mapa y en un listado, y podés compartir lo que encuentres en tus redes sociales.

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