Una nueva resolución de la Superintendencia de Seguros de la Nación prohíbe incluir en los seguros cláusulas de exclusión por vivir con VIH/SIDA.
A partir de un pedido realizado por Fundación Huésped, la Superintendecia de Seguros de La Nación emitió la Resolución SSN N° 37.275 que posibilita que las personas que viven con VIH/SIDA puedan contratar libremente seguros de personas. Hasta ese momento, las entidades aseguradoras podían rechazar a una persona por vivir con VIH.
El seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado y es, muchas veces, exigido para trámites como tarjeta de crédito o créditos de distinta índole. Por lo tanto, las personas con VIH se veían imposibilitadas de acceder a estos beneficios.
El Artículo 1° del documento resuelve que “No se admitirán en la aprobación de planes de Seguros de Personas, exclusiones de cobertura relativas a infecciones que resulten consecuencia directa o indirecta del SIDA – Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida.” Además, establece que las empresas deben ajustar las condiciones contractuales de las pólizas ya comercializadas, que contemplen dichas restricciones de cobertura.
La Resolución determina que la Superintendencia de Seguros de la Nación entiende que las infecciones como consecuencia directa o indirecta del VIH/SIDA, no difieren de otro tipo de afecciones a la salud, no existiendo por lo tanto justificación alguna para su consideración como riesgo no cubierto en los Seguros de Personas.